Propuesta Reglamentación Ley 6691 Consejo Consultivo
En la reunión del día 18 de septiembre de 2012 en el ámbito del Consejo Consultivo la propuesta de Reglamentación de la nueva Ley de Educación de la Provincia del Chaco. ART 121: La autoridad Educativa Provincial Competente para autorizar, reconocer y supervisar los establecimientos de Educación Publica de Gestión Privada será la Dirección de Educación Publica de Gestion Privada o el órgano específico que haga a sus veces. ART 122: SIN REGLAM. ART 123: Las unidades educativas de gestión privada podrán efectuar, de conformidad con las reglamentaciones vigentes, los reajustes de modalidades, Cursos, divisiones, secciones, grados, grupos (de la enseñanza especial) y Cargos debidamente autorizados, de acuerdo con las necesidades funcionales. Toda modificación deberá gestionarse, previa autorización de la Dirección de Educación Pública de Gestión Privada. ART 123: Podrán también organizar su propia forma de participación democrática y elaborar su acuerdo de convivencia de acuerdo a