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DECRETO Nº 2051/08

REGLAMENTACIÓN DE LA LEY N° 4319 CONSEJO DE EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA DEL CHACO TÍTULO I DEL CONSEJO DE EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA Y DE SUS FUNCIONES ARTÍCULO 1°: El Consejo de Educación deberá asistir y participar de manera activa y permanente en la elaboración, ejecución y control de las políticas educativas del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, conforme lo dispuesto en el Articulo 81 de la Constitución Provincial (1957-1994) y sus decisiones cumplirán, en la letra y en el espíritu esa finalidad de acuerdo al principio democrático de participación. TÍTULO II DE LA INTEGRACIÓN, DE LA REPRESENTACIÓN Y DE LA DURACIÓN DE LOS MANDATOS ARTÍCULO 2°: A) Los docentes designados por el Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, como miembros titulares del Consejo de Educación, serán ocho (8) con sus respectivos suplentes. Los mismos podrán ser titulares, interinos y/o jubilados; durarán dos (2) años en sus

Ley 4319 Consejo de Educación

La Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco Sanciona con fuerza de Ley Nro. 4319 TÍTULO I DEL CONSEJO DE EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA Y DE SUS FUNCIONES ARTÍCULO 1º: El Consejo de Educación será un órgano de participación y representativo de los sectores sociales vinculados a la educación, cuyas funciones serán las de asistir al Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología en: a) La elaboración de las políticas técnico-educativas, con la realización de propuestas orientadas al mejoramiento integral del sistema educativo, en los aspectos pedagógicos, técnicos y administrativos; b) la fijación del currículum, conforme a los acuerdos alcanzados en el Consejo Federal de Cultura y Educación, a fin de preservar y fortalecer la unidad nacional, la concertación de los objetivos y contenidos que obedezcan a los requerimientos y necesidades propias de la Provincia, respetando la diversidad regional y el espacio suficiente para los aportes a nivel institucional; c)

Nomenclador Básico Docente Oct 2013

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EN LA PAGINA DEL  GOBIERNO, http://gestion.siup.gov.ar/public/index/ .  AGREGAR EL AÑO "2013" Y EL NÚMERO DE DECRETO "1825" Y LUEGO BUSCAR. LUEGO EN LA SOLAPA "ARCHIVO" APARECE EL SIMBOLO DE PDF. HACER DOBLE CLIC Y DESCARGAR. CUALQUIER DUDA, CONSULTAR

Decreto 1282/2013 - Asignaciones familiares - Modifica Decreto 614/2013

Decreto 1282/2013 - Asignaciones familiares - Modifica Decreto 614/2013 Visto la Ley N° 24.714 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 1.667 y 1.668, ambos de fecha 12 de setiembre de 2012 y 614 de fecha 30 de mayo de 2013, y CONSIDERANDO: Que a través de la Ley N° 24.714 y sus modificatorias se instituyó con alcance nacional y obligatorio un Régimen de Asignaciones Familiares para los trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada y pública nacional, los titulares del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), de pensiones no contributivas por invalidez, de la Ley de Riesgos del Trabajo y de la Prestación por Desempleo. Que el Decreto N° 614 del 30 de mayo de 2013 estableció los rangos, topes y montos de las asignaciones familiares para los titulares de derecho incluidos, entre otros, en los incisos a) y b) del Artículo 1° de la Ley N° 24.714 y sus modificatorias. Que el ESTADO NACIONAL debe impulsar políticas públicas

Acta Acuerdo de la Educación Pública de Gestión Privada 2013

Resolución 8/2013 – CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA Aprueba Acta Acuerdo de la Educación Pública de Gestión Privada MINISTERIO DE EDUCACION CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA Resolución Nº 8/2013 Bs. As., 6/8/2013 Visto las facultades otorgadas por el Artículo 3° de la Resolución 06/2009 de este Consejo Gremial de Enseñanza Privada, y CONSIDERANDO: Que tal como surge de la Resolución Nº 06/2009, la Comisión Negociadora de Educación Privada debe dictar su propio Reglamento de Funcionamiento; Que conforme a dicho Reglamento en sus Artículos 1° y 8, cualquiera de la partes pueden remitir a este cuerpo colegiado sus acuerdos a efectos de dictar la pertinente Resolución que recepte lo acordado en la misma; Que con fecha 01 de Julio de 2013, se han acordado diversos temas entre ellos financiamiento, contratación laboral, que regirán las relaciones entre las partes y el personal docente de los establecimientos públicos de gestión privada, con el alcance que establ